b 436 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE satisfactoria, pues « tomando en consideracion los deseos del señor Presidente de la Confederacion Argentina», segun los términos textuales de la nota pasada por el cardenal Rampolia, firmada en Roma en 6 de Octubre de 1900, «el Santo Pure ha nombrado á Monseñor Juan N, Terrero, Obispo titular de Delcos, para la silla episcopal de La Plata, Omitiendo el recuerdo de otras constancias del expediente obrado que existe enel ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, y que he tenido úá la vista, las enunciadas demuestran que el Poder Ejecutivo ha ejercido en el caso los derechos del Patronato nacional para la institucion del Obispo de La Plata, con sujecion á lo dispuesto en el artículo 86, inciso 8", de la Constitucion nacional, Los términos del breve pontificio repitiendo fórmula- tradicio= nales en lo referente ai privativo derecho invocado por la Santa Sede, y al poder de hacer una nueva cirennseripcion de la Diócesis, siempre que lo ereyere oportuno, se subordinan en éste, como en los casos anteriores, al texto de las gestiones constantes en los documentos obrados por encirgo del gobierno nacional, Resultando de éstos el cumplimiento por parte de los poderes nacionales de la prescripcion constitucional dol artículo 86, inciso 8", procede, 1 mi juicio, segun el 9, el acuerdo que V, E.
podría prestar para el pase del Breve Pontificio que provee, por presentacion del P. E., la silla episcopal de La Plata; con las reservas correspondientes al Patronato nacional, dados los términos del documento en cuestion, Sabiniano Kter.
Acuerdo de la Suprema Corte Buenos Aires, Febrero 26 de 1901, De conformidad con el dictámen del señor Procurador general y con las reservas correspondientes al Patronato nacional, la
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Año: 1900, CSJN Fallos: 89:436
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