Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 88:52 de la CSJN Argentina - Año: 1900

Anterior ... | Siguiente ...

e FALLOS DE LA SUPREMA CORTE a el secretario á foja 9, pidiéndole se sirva informar sobre los hechos de que se queja el recurrente y que hayan motivado el a auto por el cual haya sido constituído en detencion.

e Considerando: 1° Que el señor juez del crímen, habiéndosele e designado el tir.upo suficiente á juicio de este juzgado para inES formar en el auto notificado de habeas corpus en caso de la faa cultad conferida para ello, el artículo 631 del Código de ProceF dimientos en lo criminal de la justicia federal, que se omitió E vitar por ser disposiciones tan conocidas en el funcionamiento de los tribunales entre sí, sin rechazar en el fondo el auto de E habeas corpus referido, se pronunció en los textuales siguientes 1 términos: « De una manera explícita, pues, y mientras V. S.

| no haga valer disposiciones supremas de la ley, desconoceré y tendré por no hecha la diligencia fundada en la resolucion de E Y. S. de emplazamiento »; como se ve, estos conceptos están É poso encuadrados dentro de la más rigurosa y exquisita cortesía E exigida en las relaciones de los funcionarios entre sí que tienen r el encargo de velar por el cumplimiento augusto de la majestad E de la ley, siempre que se trate de hacerla respetar, E 2 Que satisfaciendo debidamente á la protesta consignada F in terminis en el considerando anterior, se reiteró al señor juez | exhortado, el auto inserto de fojas 14 ú 12 vuelta, de igual fecha al anterior, que consta de la diligencia del secretariode foja 12 vuelta en el que se citan las dispo-iciones legales requeridas del caso, € insistiéndose por parte de este Juzgado para que se cumplimente, El señor juez exhortado antes de recibir el exhorto de la referencia se dignó remitir el informe solicitado si así puede [amarse el corriente 4 foja 14 fechado en el mismo día 9 del corriente en que se recibió el olicio- protesta cuyo contenido es el siguiente en su parte mas sustancial: « Dada la urgencia que V. S. tiene para resolver el recurso de habeas-corpus interpuesto por el señor José M. Pezzi me upresuro á manifestar ú Y. S. que el delito por el cual se sumaria al expresado señor

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

59

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1900, CSJN Fallos: 88:52 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-88/pagina-52

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 88 en el número: 52 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos