— 36 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE a Y considerando en cuanto al fondo del mismo: que admiE tiendo que la señora Paul de Mur, hubiese gozado del fuero fe— deral por razon de las personas, ella habría prorrogado la jurisdiccion provincial de acuerdo con el inciso cuatro, artículo doce de la mencionada ley, al deducir su demanda ante dicha juris diccion.
E Que prorrogada ésta para lo principal, debe entenderse que o tambien lo ha sido para sus incidentes, | Que laejecucion promovida á foja primera exigiendo el pago de los honorarios de tasador, comision de remate y gastos del mismo, es un incidente del juicio principal que debe sustanciarse p y decidirse por el juez de éste, como lo demuestra el señor Procurador general en su dictámen precedente.
Por esto se confirma, con costas, la sentencia de foja sesenta y seis en la parte recurrida, Agréguense estas actuaciones al referido expediente y, repuestos los sellos, devuélvanse al Tribunal de su orígen, pudiendo notificarse con el original.
BENJAMIN PAZ.— ABEL BAZAN,
— OCTAVIO BUNGE. — JUAN
E. TORRENT.
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Año: 1900, CSJN Fallos: 88:36
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