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Fallos: 84:394 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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Falle del Juez Federal Córdoba, Octubre 19 de 1899.

Habiéndose mostrado parte la provincia en este juicio por intermedio de su representante legal, el señor fiscal de gobierno y tierras públicas, dásele la participacion que solicita y estando el presente caso regido por la disposicion del inciso 4 del artículo 1 de la ley federal sobre jurisdiccion y competencia del año 63, declaráse incompetente este juzgado para seguir entendiendo en esta causa y elévese úla Suprema Corte de Justicia Federal, á quien le corresponde entender originariamente en la misma, Hágase saber, C. Moyano Gacitúa.


VISTA DEL. SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Mayo 5 de 1900.

Suprema Corte:

De autos resulta que se trata de un juicio en que el apelante es opositor y don Heraclio Roman, representado por Gabriel Tissera, el demandado.

" Laprovinciade Córdoba no es hasta ahora parte en este litigio.

Ella no demanda ni ha sido demandada: en la condicion del enajenante del terreno en cuestion, sólo ha sido citada segun auto foja 589 á los efectos de la eviccion y saneamiento, En consecuencia de dicho auto, el señor fiscal de la provincia solicita á foja 590 se le dé la participacion correspondiente, para hacer valer los derechos que á la provincia le corresponden.

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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:394 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-84/pagina-394

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