Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Mayo 17 de 1900.
Vistos y considerando: Que la citacion de eviccion se há solicitado incorporada en la contestacion de la demanda, " Queel escrito de foja quinientos moventa, del fiscal de gobierno y tierras públicas, importa, dados sus términos, hacerse parte enel juicio aceptando la citacion de eviccion que se bizo ú la provincia, Que con tal antecedente el juicio se ventila entre una provincia y extranjeros y ciudadanos vecinos de esta Capital, en cuyo caso procede la jurisdiccion de esta Suprema Corte.
Por estos fundamentos se confirma, con costas, el auto apelado de foja quinientos noventa vuelta; debiendo, en consecuencia, permanecer los autos ante este tribunal. Líbrense los oficios prevenidos por el artículo sesenta y nueve de la ley de procedimientos, con emplazamiento de quince días, y al juez de seccion haciéndole saber esta sentencia. Notifíquese con el original y repóngase el papel, quedando subsistentes los días señalados á foja seiscientos ocho vuelta para recibir notificaciones en la oficina.
BENJAMIN PAZ.— ABEL BAZAN.
— OCTAVIO BUNGE, — JUAN
E. TORRENT — E. MARTINEZ,
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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:396
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