E Falle de la Suprema Corte E Buenos Aires, Marzo 24 de 1900.
E Vistos en el acuerdo y considerando : Que el auto de que ha recurrido el decte. Ramon Gonzalez impone á éste una correccion disciplinaria, causindole un gravámen que por su naturaleza y efectos autoriza el recurso de «elacion, de conformidad con los principios generales aplicables á los actos ó procedimientos judiciales, Que asf lo tiene establecido la jurisprudencia que observa uniformemente esta Suprema Corte, segun, entre otros, puede verse en el fallo de Junio diez y sietede mil ochocientos noventa y nueve, dictado enla causa de William Paats, Roche y compafía contra Testoni, Chiesa y compañía, sobre falsificacion de marca de fábrica, quese registra á foja trescientas cincuenta y ocho de los autos de referencia.
Por esto, se declara mal denegado el recurso, el que se concede.
Y considerando en cuanto al fondo: Que el escrito que el inferior transcribe en su precedente informe no contiene palabras 6 conceptos depresivos de la autoridad del magistrado, siendo por otra parte cierto que la deduccion de recursos, con— tralas providencias 6 resoluciones de los jueces aunque importe no acatarlas no pueden fundar una correccion.
Por esto, se revoca el auto de veinte de Diciembre de mil ochocientos noventa y nueve en la parte apelada. Notifíquese original, y, repuestos los sellos, remítanse al juez de la causa para su agregacion á los autos principales.
BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN. — OC-
TAVIO BUNGE. — JUAN E. TORRENT,
—— E. MARTINEZ.
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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:38
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