minucion. Y como fácilmente se comprende, partiendo el Código Napoleon y el nuestro de bases tan diversas sobre esos puntos, y no pudiendo prescindir de ellas los jurisconsuitos franceses a! tratar de la venta con pacto de retroventa, por el peligro que ante esa legislacion encierra éste, de encubrir un préstamo de dinero con interés superior á la tasa legal, ó una lesion por vileza de precio, no es aplicable al caso sub-judice la doctrina de aquéllos, invocada por el demandado, 12" Que aún en la hipotesis de que se pretenda encontrar simulacion en la escritura de foja 3, ella sería clasificada como relativa (articulo 956, Código Civil), pues, cuando menos, debería tenerse por un hecho real el de la entrega por parte de Iramain y recibida por parte de Basterrica, de los 3000 pesos, reconocida expresamente por éste en el escrito de foja 14 y enlas posiciones de foja 46, hecho de que el escribano da f6, diciendo en la misma escritura que fueron entregados en su presencia, en cuyo caso, para anular el contrato, necesitaríase, conforme á las disposiciones de los artículos 957 y 958 del mismo Código, que hubiese e": él la violacion de una ley, ó perjuicio terceros, y no se ha justificado en los autos ninguno de estos requisitos.
Y si bien se ba habla:o por el demandado, siguiendo las palabras de los jurisconsultos franceses, de contrato pignoraticio, no pueden invocarse las disposiciones relativas á los dos que aquellos comprenden bajo esa denominacion, pues no hay ni puede haber (art. 3204, 3205 y 3206, Código citado), nianticresis (art.
3239 y 3240), porque faltan las condiciones esenciales determinadas por la ley para ambas.
13 Que el estadio publicado por el doctor Llerena, citado por el demandado, es un comentario á la doctrina de los jurisecasultos1 franceses, de que se ha hecho mencion en los considerandos precedentes, la que, segun se ha visto, reposa sobre bases muy diferentes de las consagradas en nuestra legislacion civil; y para adaptar sus conclusiones á las disposiciones del
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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:109
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