Fallo del Juez Federni Tucuman, Octubre 26 de 1898.
Y vistos: En el juicio seguido por don Domingo Iramain, contra don Francisco Basterrica, sobre entrega de una casa.
Resulta: 19 A foja 5 se presenta don José Boggiani, con poder enya copia corre á foja 1, en mérito del cual pide se le tenga por parte como apodera:o de d.n Domingo Iramain, propietario, casado, mayor de edad, y vecino de esta ciudad y expone:
Que por la escritura pública agrezada ú foja 3, otorgada ante el escribano don Maximino Sanchez, consta que el señor Iramain compró ú don Francisco Basterrica, con pacto de retroventa, una casa y sitio ubicada en esta ciudad, calle general Lavalle números 741, 745, 749 y 755, compuestode 17 metros 33 centímetros de frente, por 35 metros 78 centímetros de fondo, con las linderos expresados en la citada escritura, Que ha vencido el plazo fijado para la retroventa, sin que el vendedor haya ejercido el derecho que él le acuerda, quedando así irrevocablemente adquirido el derecho de propiedad que le ronfiere la escritura, Que obedeciendo instrueciones de su mandante, entabla, en vía ordinaria, la accion correspondiente, á fin de que declarande irrevocable y definitivamente adquirido el derecho de propiedad del señor Iramain sobre el inmueble citado, se orlene le sea éste entregado por don Francisco Basterrica, casado, mayor de edad, propietario y vecino de esta ciudad, con domicilio en la misma casa cuya tradicion demanda ; y se condene al demandado en las costas del juicio, 2" Acreditada la jurisdiccion por la diversa nacionalidad de las partes, y corrido traslado de la demanda, don Francisco N ¡
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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:101
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