Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 81:12 de la CSJN Argentina - Año: 1899

Anterior ... | Siguiente ...

r 12 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE E
É CAUSA CCONSX VELL
Don Tomás Cacace contra Williams y Compañía, sobre daños y perjuicios y apelacion, Sumario. — 1° Pedida la aclaracion de uno de los puntos de la sentencia, la apelacion interpuesta despues de la aclaracion á los tres dias de ésta y á los seis desde la notilicacion de la » sentencia, sólo puede ser concedida respecto del punto materia de la aclaracion.

2 La razon social demandada por perjuicios procedentes de un juicio ejecutivo seguido ilegalmente, nu puede sostener que no es la misma de! mismo nombre que siguió dicho juicio, si en la contestacion de la demanda no lo negó de una manera formal y esplícita, y si no resulta que ésta haya concluido ó se haya disuelto antes de la demanda, 3" No es dudoso que entre los perjuicios causados por una ejeeucion ilegal, se comprendan los intereses del dinero que el ejecutado fué obligado ú depositar, y las costas que se le causaron, Caso. — Resulta de las siguientes piezas :

ralle del Juez Federat Buenos Aires, Abril 12 de 1894.

Y vistos estos uutos, de los que resulta:

Que dun José F. Gonzalez Romasanta, por don Tomás Ca

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

54

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1899, CSJN Fallos: 81:12 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-81/pagina-12

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 81 en el número: 12 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos