DE JUSTICIA NACIONAL 121 foja 22 vuelta), Miguel Zarlengo (foja 23 vuelta), Angel Mussi foja 24 vuelta), Manuel Vidal (foja 26), Alfonso Pesquin (foja 28 vuelta), José Gonzalez (foja 30), Bernardo Bregardo (foja 31), Federico Luco (foja 32), Pedro Gonzalez, Juan Fernandez foja 39 vuelta), declaran unos, que vieron á las víctimas caer sin saber quién hizo fuego, sabiendo despues, por referencias, que fué un bombero que estaba de guardia y otros que vieron al bombero cuando apuntó y tiró á las víctimas sin saberla causa, y todos ellos manifiestan que nu ha mediado provocacion ni insultos por parte de las víctimas.
Los testigos José Saenz de la Torre (foja 12), Antonio J. Ferré (foja 36) y Salvador Lopez (foja 39), declaran: el primero, que el encausado de los Santos le dió cuenta de que lo estaban insultando los presos alojados en la sala 7 del pabellon 4; los otros dos testigos, que oyeron á los presos cuando pasó pur delante de la sala que gritaban: mono sabio, pero que no han visto que éstos insultasen al bombero de los Santós.
Los informes médicos de foja 53 y foja 56, dan como causal de la muerte de José Fernandez y Félix Rondeau, las heridas recibidas, que las consideran de carácter mortal.
Que pasado el proceso al señor juez de sentencia, doctor Ernesto Madero, este funcionario se declaró incompetente para conocer de la cansa, en razon de haber sido cometido el delito dentro de la Penitenciaría nacional, donde el Gobierno tiene exclusiva jurisdiccion, pasándose con ese motivo los autos á este Juzgado, el que se declaró competente ú foja 112.
Que habiéndose tomado declar:cion indagatoria al procesado, declaró 4 foja 45 que habiendo sido insultado por los presos hizo fuego contra ellos, sabiendo despues que había dos heridos, que al proceder de ese modo creyó que estaba en su perfecto derecho para hacerse respetar ; ú foja 113 vuelta rectifica la parte en que dice que hizo fuego sobre varios detenidos del pabellon 4; pues hace presente que sólo hizo el ademán de apun
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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:421 
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