DE JUSTICIA NACIONAL 345 Por elio pido á V. E, se sirva confirmar por sus fundamerntos, la sentencia recurrida de foja 38.
Sabiniano Kier.
Fatlo de Ia Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 22 Je 1899, Vistos y considerando : Que está probado, aun por confesion del procesado Gadda, que éste es autor del delito de circulacion de billetes falsos ú que esta causa se refiere, Que las constancias del expediente en lo que respecta al procesado Gimenez Martinez, sólo acreditan que él ha participado en la comision del delito como cómplice en primer grado, segun el inciso tres del artículo treinta y tres del Código de Procedimientos, porque así resulta de la declaracion de los encausados y de la prueba testimonial producida. ; Que en tal caso, corresponde imponer á dicho Gimenez Martinez la pena con que castiga la ley á los cómplices de primer , grado en los términos del artículo treinta y cuatro, inciso cuar- , to, del citado código, desde que la del autor principal en la , causa es de trabajos forzados por un tiempo que no exceda de " seis años, Por esto, y fundamentos concordantes de la vista del señor :
Procurador general y dela sentencia apelada de foja treinta y ocho, se confirma ésta en lo que se refiere al procesado Gadda; y se la reforma en cuanto ú José Gimenez Martinez, á quien se condena á la pena de dos años de prision, con costas. Notifíquese con el original y devuélvanse.
BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN,
— OCTAVIO BUNGE — JUAN E. 
TORRENT, — H. MARTINEZ.
 
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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:345 
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