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Fallos: 80:341 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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La defensa misma parece asf haberlo reconocido implícitamente, cuando ha dejado vencer los términos legales sin expresar agravios, Y no necesitando por ello esforzar la demostracion de la delincuencia declarada y la legalidad de la penalidad aplicada en la sentencia recurrida de foja 47, debo circunsoribirme á solicitar de V. E, la confirmacion por sus fundamentos, Sabiniano Kier, Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 22 de 1899.

Vistos y considerando: Que está probado que el procesado Daneri es autor del delito que ha motivado esta causa, porque es fuera de duda el hecho de la existencia en su poder de billetes falsos con el propósito de circularlos y porque las circunstancias de la causa no sólo no revelan la ausencia de intencion criminal en el agente, que el hecho mismo hace presumir, sinó que conducen á demostrar esa intencion.

Por estos fundamentos y de acuerdo con lo solicitado por el señor Procurador general y concordantes de la sentencia apelada de foja cuarenta y seis vuelta, se confirma ésta, con costas.

Notifíquese con el original y devuélvanse, T
BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN.
— OCTAVIO BUNGE. — JUAN
E. TORRENT. — H. MARTINEZ,

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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:341 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-80/pagina-341

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