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Fallos: 80:237 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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- 19 DE JUSTICIA NACIONAL 237 , via justificacion del fuero por distinta nacionalidad de las par- :

tes, entabló demanda ejecutiva contra los señores Schiffner y compañía a mérito de traer aparejada ejecucion la escritura pú- .

blica acompañada, y al mismo tiempo, pedía el ejecntante reconociera el ejecutado las firmas de unas cartas que acompañara. a En consecuencia el proveyente di-tó el auto de foja 400.

° Rosario, Mayo 8 de 1899. "

bastante, y por constituido el domicilio que se indica. Dése por +43 deducida la accion ejecutiva, y, en consecuencia, den y paguen los demandados, dentro de tercero día, la cantidad de 175.203 pesos con 24 centavos moneda nacional oro sellado, bajo apecibi= miento deejecucion y embargo por el capital, intereses y costas, debiendo estarse por el saldo restante á lo que se resuelva despues del reconocimiento de las cartas que se acompañan, para cuyo fin, se designa la audiencia del dia 12 del corriente, citándose á los demandados para ese comparendo. Resérvese en secretaría las cartas mencionadas y expíduse copias de las mismas. Repóngase.

«Goytia. » Antes de hacer efectivo el precedente auto, la parte demandada presentó el siguiente escrito :

«Señor Juez Federal : :

« Formando artículo de prévio y especial pronunciamiento declina de jurisdiccion José A. Casado, representante de

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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:237 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-80/pagina-237

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