auto apelado de foja noventa y tres; y satisfechas aquellas y repuestos los sellos, devuélvanse.
Francisco DE Las CARRERAS.—SaLVADOR M. DEL CARRIL. —dJost Warnos Pazos.— Benito Canrasco.
— ———-e.—
CAUSA CELI.
D. Francisco Arrigós contra la Empresa «Lotería de Beneficencia de Corrientes», por cobro de un cuarto billete.
Sumario.—1° Los billetes de loteria que circulan públicamente deben reputarse verdaderos mientras la empresa no acredite su falsedad.
2» Comprometiéndose una empresa en sus estractos á pagar en lugar determinado los billetes premiados, no pue
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Año: 1869, CSJN Fallos: 8:220
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