DE JUSTICIA NACIONAL 423
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Junio 27 de 1899.
Suprema Corte :
Los hechos declarados por el mismo recurrente Muzio en su escrito de foja 1, que con oportunidad ha citado la sentencia de foja 6, como fundamentos incontestables de su parte dispositiva, aconsejan el rechazo de la excepcion opuesta, que no tstá comprendida ea la disposicion del artículo 28 de la ley número 3318. " Pido por ellu ú V. E, se sirva confirmar, por sus fundameatos, la resolucion recurrida de foja 6.
Sabiniano Kier.
tallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 11 de 1899, Vistos: De acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador general y por sus fundamentos, se confirma, con costas, el auto apelado de foja seis, Devuélvanse, debiendo reponerse los sellos ante el inferior,
BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN.
— OCTAVIO BUNCE.— JUAN
E. TORRENT. —U, MARTINEZ,
Compartir
50Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1899, CSJN Fallos: 79:423
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-79/pagina-423
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 79 en el número: 423 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos