que alcanzan al hecho y al derecho, considero legítimas sus conclusiones, y pido á V, E, se sirva confirmarlo.
Sabiniano Kier, Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 8 de 1599, Vistos: Teniendo presente lo dispuesto en el artículo segundo del Código de Procedimientos en lo criminal, y de acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador general se declara improcedente el recurso de nulidad y se confirma, con costas el auto apelado de foja doscientos tres. Notifíquese con el original y devuélvanse,
BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN,
— OCTAVIO BUNGE. — JUAN
E. TORNENT. — E. MAR-
TINEZ.
CAUSA COXELIV
Don Pedro li. Muzio; sobre ezencion del servicio militar Sumario, — No corresponde la exencion del servicio militar al que no es el único hijo de la madre viuda, ni el que únicamente atiende á su subsistencia.
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Año: 1899, CSJN Fallos: 79:421
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