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Fallos: 79:387 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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Fatio del Juez Federal Buenos Aires, Febrero 6 de 1699.

Y vistos: considerando: Que segun la jurisprudencia establecida por la Corte Suprema, los tribunales federales, deben declarar su incompetencia tam luego como ella aparezca en autos.

Que en el caso sub-judice, con sujecion á lo preseripto por el artículo 9 de la ley de jurisdiccion y competencia de los tribunales federales de 14 de Setiembre de 1883, este juzgado es incompetente para cunocer de este asunto, por cuanto la sociedad demandada, con sujecion al artículo 9 citido, debe considerarse como ciudadano argentino, á los efectos del fuero; y siendo argentino el demandante, no surte fuero federal.

Por tanto, y de acuerdo con lo expitesto y pelido por el procurador fiscal, se declara este jusgado incompetente para seguir ; conociendo en este asunto.

P. Olaechea y Alcorta.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Marzo 18 de 1899.

Suprema Corte :

Se refiere el caso sub-judice ú una concesion de ferrocarril, obtenida por el señor Isidro Quiroga, y transferida por cesion á diversas personas hasta caer en poder de la Sociedad anónima Interprovincial de Ferrocarriles.

No tratándose de derechos que afecten directamente un ferro

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Año: 1899, CSJN Fallos: 79:387 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-79/pagina-387

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