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Fallos: 79:372 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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372 FALLOS DE LA SUPREMA CORFE .

que se le han secuestrado de su domicilio, ratificándose en el contenido del acta labrada con tal motivo y que le fué leida; agregando que esos objetos y monedas no le pertenecen; que — él trabajaba como fideléro en la fábrica de Donato De Lucía, la que quebró, siendo preso el exponente porque se creyó que era él dueño de aquélla, siendo puesto en libertad 20 días despues, por cuyo motivo quedó sin trabajo desde entónces. Que dos sujetos le alquilaron una pieza en sti casa por 10 pesos, y que despues de algunos días se apercibió de que falsificaban monedas de nikel y habiéndolos interrogado al respecto confesaron todo y le ofrecieron una parte de lo que hicieran, lo que el declarante aceptó en virtud de estar pobre y notener trubajo, siendo por este motivo que tenía en su habitacion lo que le han secuestrado junto con los moldes y demás elementos que se mencionan en el ueta de foja 5. Que no sabe bien el nombre de los expresados sujetos, creyendo uno es Enrique y otro Bautista, habiendo oido á este último que le decía Milan al primero.

Que ú foj1 24 vuelta es llamado á declarar el detenido D' Aleasio quien dice no tener conocimiento de la falsificacion de monedas de nikel que se hacía en la calle Maza 1571, Que sólo conoce á Francisco Covozzo. Que las cuatro monedas que se le han secuestrado proceden de haber cambiado 5 pesos á un vendedor ambulante que se las dió de vuelto y el conservaba treyendo eran legítimas.

Que á foja 17 declara Juan Bautista Alduno (a) Batistin que de todos los procesados y personas que se le nombran sólo conoce á Enrique Boleri que es su amigo y compañero de cuarto, que cuando fueron detenidos en la casa calle Maza, entraron en ella en busca de trabajo porque estaban sin él; pues hacía algunos días lo hizo como changador.

Que á foja 19 declara Boleri quien dice conocer á todos lus procesados y personas que se le nombran, en su declaracion.

Que desde hace algunos día: iba á la casa calle Maza donde fué

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Año: 1899, CSJN Fallos: 79:372 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-79/pagina-372

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