—_—- FALLOS DE La SUPREMA CORTE del Ferrocarril Central Argentino. Con especial condenacion en costas, por haber métito para ello.
3 Conoédeso, en relacion; el recurso de apelacion interpuesto, —-. y A snsefectos desglócense las piezas pertinentes: é este inciS dente, de acuerdo con lo pedido en el « otrosí » del escrito de E foja 92, para que continúe el trámite de la causa principal.
|: Elévenso á la Suprema Corte con la nota de estilo, notificánF doseá las partes ocurran á oir sentencia ante el superior. Re póngase.
Daniel Goytia.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Noviembre 18 de 1898.
Suprema Corte:
> De las actuaciones administrativas acompañadas, resulta que don Federico Gallegos fué denunciante ante el poder nacional E delas defraudaciones atribuidas al Ferrocarril Central Argentino.
El Poded Ejecutivo ha reconocido aquella actitud del señor Ga¡ llegos, y la representacion misma del ferrocarril, no ha podido desconócerla segun la exposicion al respecto del escrito de foja 92.
FE, — Es exactoque el rol de denunciante no daba personería en el juicio seguido por accion fiscal en la época de la resolucion de la Suprema Corte, citada en aquel escrito:
a Pero lo es tambien, que aquella jurisprudencia ha debido É modificarse con sujecion á las prescripciones posteriores de la a ley de aduana que han declarado á los empleados denunciantes k de contrabandos, defraudaciones ó contravenciones, como parte en aquellos juicios, independientemente de la accion fiscal, E
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Año: 1899, CSJN Fallos: 79:364
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