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Fallos: 79:324 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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CAUSA COX VIII
Don José Garciarer + contra don Pedro José y don Santiago Ruffo, por cobro de pesos ; sobre regulacion de honorarios del procurador don Estéban Herrero, y apelacion denegada.

Sumario. — Es apelable el auto que fija los honorarios en suma menor de 500 pesos, si el interesado pidió una suma mayor. — Caso. — En los autos ejecutivos seguidos por don José Garciarena contra los señores Santiago y Pedro José Ruffo, el procurador Estéban Herrero presentó su cuenta de honorarios, por haberle sido revocado el poder, estimándolos en 1500 pesos moneda nacional, El juez letrado de General Acha los fijó en 100 pesos y habiendo apelado el doctor Romero le fué denegado el recurso, por lo que ocurrió de hecho ante la Suprema Corte.

FEntio de la "uprema Corte Buenos Aires, Julio 1" de 1899.

Vistos en el acuerdo y considerando : que el auto que fija los honorarios en esta causa es apelable no sólo porque causa gravámen irreparable sinó porque así lo declara expresamente la ley de la materia. Por esto se declara mal denegado el recurso y se lo concede en relacion.

Y en cuanto ú la regulacion apelada, atenta la naturaleza de la causa y los trabajos practicados por don Estéban Herrero, se

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Año: 1899, CSJN Fallos: 79:324 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-79/pagina-324

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