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Fallos: 79:264 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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Por esto, de acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador general y fundamentos concordantes de la sentencia apelada de foja ciento ocho, se confirma ésta con costas, en la parte recurrida. Notifíquese con el original y devuélvanse.


BENJAMIN PAZ.— OCTAVIO BUN-
GE.— JUAN E. TORRENT,

CAUSA CCIX
El fisco nacional contra la señora Atucha de Battilana y sobre ezpropiacion Sumario. — Para fijar el valor del precio é indemnizaciones en los casos de expropiacion debe estarse á las constancias de autos y sólo en circunstancias especialísimas puede ordenarse la ampliacion de los elementos de juicio, disponiendo nuevas pericias.

Caso. — Resulta del Fatle del Juez Federal Buenos Aires, Junio 25 de 1899.

Y vistos: estos autos promovidos por el señor procurador Aiscal, sobre expropiacion, resulta:

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Año: 1899, CSJN Fallos: 79:264 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-79/pagina-264

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