derado y apercibe al abogado que han firmado el escrito de foja trescientas treinta y seis es apelable, teniéndolo así establecido la jurisprudencia de esta Suprema Corte, posterior á los fallos que se invocan en el auto de foja trescientas cuarenta y cinco vuelta.
Por esto se declara mal denegado el recurso deducido á foja trescientas cuarenta y cinco, se le concede en relacion y autos, debiendo agregarse estas actuaciones al expediente principal venido á esta Suprema Corte por la apelacion concedida á foja trescientas cuarenta vuelta.
BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN,
— OCTAVIO BUNGE. 
CAUSA COVE
Don Sandalio €. Mansilla, contra la empresa del Ferrocarril este de Buenos Aires, por cobro de pesos : sobre recurso á la Suprema Corte de sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial. 
Sumario. — No corresponde el recurso á la Suprema Corte contra las sentencias de los tribunales ordinarios, si la disposicion del Poder Ejecutivo nacional que se invoca para justificarlo no puede servir para modificar la sentencia.
Caso. — Resulta de las siguientes piezas :
Compartir
53Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente 
referencia:
Año: 1899, CSJN Fallos: 79:242 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-79/pagina-242¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 79 en el número: 242 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
 Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
