38 FALLOS. DE LA SUPREMA CORTE E Sírvase V. S. tener por reprolucidas en este punto las con$ sideraciones del presente escrito :le foja... en el cual se deter. mina claramente lá accion ordinaria que se instaura contra la municipalidad, por reivindicacion de un terreno ocupado por ella, 6 el pago de la estimacion que anteriormente se hizo uel expresado terreno; accion que, regida por las leyes ordinarias, escapa al fuero federal. Tampoco corresponde al fuero de V. S. este asunto por razon de las personas, pues la Municipulidad es como cualquier cindadano vecino de la Capital de la República cuando litiga como demandante ó demandado con un ciudadano y vecino de la Capital, es decir, está sujeta al fuero local y comun.
Estas consideraciones y las expuestas en el escrito que dejo citado, son las que me inducen á pedir lo que dejo expresado, J. Botet.
Falle del Juez Federal Buenos Aires, Abril 13 de 1889.
Autos y vistos : Para reso: ver sobre la competencia deeste tribunal para conocer de la presente demanda ; con lo expuesto y pedido á su respecto por el procurador fiscal.
Y considerando : 1° Que para dar acertada solucion á esta cuestion es necesario, ante todo, fijar las reglas generales sobre que descansa la materia de competencia del fuero federal.
Y Que para el efecto, es procedente tener presentes las prescripciones de los artículos 100 y 101 de la Constitucion Nacional, por ser ellos los que enumeran los casos en que corresponde entender á los tribunales federales.
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Año: 1899, CSJN Fallos: 78:384
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