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Fallos: 77:44 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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la testamentaria de la señora de García Zúñiga », representa el a importe de la venta de la casa declarada de propiedad del demandante, depositado en el Banco de la Nacion, 3" Que, por otra parte, del informe pedido para mejor proveer al Banco de la Nacion, y á que se refiere el oficio de foja 115, resulta que á la órden dul señor juez doctor Garay y como perteneciente ú la testamentaría de la señora María Gregoria García de Zúñiga, no se abrió más cuenta con posterioridad al depósito hecho por el señor Sanglos, comprador de la casa calle vefensa número 500, que la abierta á laórden del alcalde de la secion 14 de la Capital, con un saldo de 150 pesos ; lo que evidencia una vez más que los fondos extraidos por el demandado Pon, provenían del depósito hecho del producto de la venta de la casa de propiedad del convento, Por estas consideraciones y los concordantes de los escritos de foja s 8 y 99, definitivamente juzgando, fallo: que debo condenar como en efecto condeno á don Antonio Pon á depositar, en el término de 10 días, en el Banco de la Nacion Argentina, ú la órden del Convento de Sunto Domingo la cantidad de 8798 pesos con 27 centavos moneda nacional, con sus intereses á estilo de banco, desde la fecha de la demanda, con costas, dejándoleá salvo al actor, las ucciones que puedan corresponderle por dicha extraccion para que los haga valer dónde, cuándo y contra quien correspondiere en derecho. Hágase saber original, y repuestos los sellos, archívese el expediente, si no fuere aprlada esta resolucion.

Así lo pronuncio y mando en Buenos Aires, Capital de la República Argentina, fecha ul sufra, P. Olaechea y Alcorta.

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Año: 1898, CSJN Fallos: 77:44 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-77/pagina-44

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