CAUSA COCELX XXVII
El convento de Santo Domingo, contra don Antonio Pon sobre restitucion de fondos. 
Sumario. -— El cesionario que ha pedido la extraccion y entrega de fondos depositados en el Banco, y la ha conseguido en el concepto de pertenecer á los deudores de su cedente, se halla en la obligacionde restituirlos al Banco con los intereses, si resulta que dichos f»ndos perten=cen en todo ó en su mayor parte, á un tercero.
Caso. — Resulta del Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Junio 10 de 1898.
Vistos : Estos autos seguidos por el Convento de Santo Domingo contra don Antonio Pon, por devolucion de fondos.
Resulta: 4° Que á foja 3 don Lorenzo J, Doyhenaril, en representacion del convento, expone: Que por noticias de los diarios su poderdante tuvo conocimiento que don Antonio Pon, diciéndose cesionario de un crédito contra don Adrian Larra
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Año: 1898, CSJN Fallos: 77:41 
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