DE JUSTICIA NACIONAL 77 Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 29 de 1898, Vistos y considerando: Que el servicio militar en el ejército de la Nacion es un deber impuesto por la Constitucion y la ley, constituyendo la regla general, limitada en sus efectos sólo en cuanto se trate de casos de excepcion establecidas por la misma ley.
Que en el presente no se trata de ninguno de esos casos, siendo de derecho que no puede extenderse la excepcion á casos no previstos, como lo tiene resuelto esta Suprema Corte en asuntos análogos. , Que no está probado el presuntivo fallecimiento del marido ausente, ni siquiera se ha afirmado que haya sido declarado prévia las formalidades legales.
Por estos fundamentos, de acuerdo con lo pedido por el señor Procurador general, y concordantes de la sentencia apelada de foja dies y seis vuelta, se confirma ésta con costas. Devuélvanse, debiendo reponerse los sellos ante el inferior.
+ BENJAMIN PAZ, — LUIS Y. VARELA. —
ABEL BAZAR, — OCTAVIO BUNGE.
— JUAN E. TORRENT.
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Año: 1898, CSJN Fallos: 76:77
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-76/pagina-77
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