426 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE 4 Que corrido traslado al actor de la contrademanda, desconoce las partidas de la cuenta, referentes al anillo, la manea y suministros hechos á Eugenia Gauna, Abierta la causa á prueba, se produjeron por parte del actor las que corren de fojas 30 4'44 y por el demandado las de fojas 45 452, como consta del certificado del secretario á foja 63.
Y considerando: 1° Que la existencia del contrato de compra-venta, celebrado entre el demandante y el demandado está comprobada por la confesion propia de cada uno, manifestada en sus diferentes escritos.
Los objetos vendidos han sido entregados por Llano y recibidos por Barreto segun esas mismas confesiones, Que hubo un precio estipulaio y convenido por ellos tambien resulta evidente, desde luego: 1 porque el comprador ofrece en su carta de foja 2, pagar la cantido"1 de 400 pesos por los objetos vendidos y recibidos ya por él, desde el momento que ofrecedevolverlos en caso no fuera aceptada aquella suma 2° párrafo de la carta de foja 2); 2" porque el precio ha empezado á pagarse en varias formas, y: entregando al vendedor dinero efect:vo, ya pagando algunas cuentas á cargo de éste, segun resulta de la carta de foja 14.
Que este debe ser el precio de la venta porque es el ofrecido por el demandado en la carta de foja 2, presentada por el dema: dante, fechada en el mismo mes que tuvo lugar la negociacion, á estar al escrito de la demanda de foja 8, y no el de 625 pesos nacionales que cobra el demandante sin presentar pruebas que lo justifiquen ni antecedentes qu: lo determinen, y porque en la duda debe estars" á lo que sea más favorable út- obligado.
Que sentado esto, falta sólo averiguar para la solucion de la contienda si el comprador entregó todo el precio ó una parte, y en este caso, cuál es la cantidad que resta á deber, A este
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Año: 1898, CSJN Fallos: 75:426
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