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Fallos: 75:377 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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del conocimiento del juicio de sucesion de don Norberto Fouert, Entre los recaudos del exhorto se encontraban las siguientes piezas :

VISTA FISCAL
Señor Juez :

Como es de pública notoriedad en esta provincia el hecho de la muerte del señor Norberto Fouert, acaecida en la misma, coresponde á V. S. el juzgar sobre su sucesion por cuanto la jurisdiccion sobre ésta pertenece á los jueces del lugar del último domicilio del difunto (artículo 3284 del Código Civil y 3283, concordantes con lo dispuesto por el inciso 7° del artículo 90 del mismo código). Fundando, pues, en estos principios V. S.

debe avocarse el conocimiento de esta causa, haciéndolo saber al juez exhortante para que se inhiba en el conocimiento de la misma, todo de acuerdo 4 lo prescripto por el artículo 1163 y siguientes de la ley de procedimientos, salvo la mejor resolucion de V. S.

Arcadio de la Colina.

Auto del Juez de la Rioja Rioja, Octubre 4 de 1897.

Y vistos: Tománduse en consideracion el dictámen que precede del señor procurador fiscal, y estando constatado en autos que el ciudadano francés don Norberto Fouert ha fallecido en el punto denominado « Corrales;», departamento Famatina, jurisdiccion de esta provincia y por consiguiente sujeta 4 la de este juzgado ; en mérito de lo que dispone nuestro Código Civil

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Año: 1898, CSJN Fallos: 75:377 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-75/pagina-377

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