La nulidad invocada enel recurso de foja 70, nise ha expresado, ni resulta de las constancias de antos, Por ello pido 4 V. E, sesirva desechacla y confirmar por sus fundamentos el auto recurrido de foja 65.
Sabruano Kier, Eatlo de la Suprema Corte Burtos Aires, Agosto 11 de 15, Vistos : Por lus fundamentos de la resolucion de esta Suprema Corte, de fecha treinta y uno de Marzo del corriente año (1), dictada en juicio seguido entre las mismas partes, de la que se agregará testimonio á ests autos, de acuerdo con lo pedido por el señor Procurador general y concordantes del auto apelado de foja sesenta y cinco, se confirma ésta, con costas, no haciéndose lugar al recurso de nulidad por no haber mérito para ello. Repuestos los sellos, devuélvanse,
BENJAMIN PAZ. — LUIS Y. VABELA.
— OCTAVIO BUNGE. — JUAN E.
TORRENT]
1) tomo 72 pág. 251
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Año: 1898, CSJN Fallos: 74:405
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