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Fallos: 74:136 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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Fallo del Juez Federal La Plata, Marzo 21 de 1598.


Y vistos: Los seguidos por la legacion de España en esta R.-
pública, pidiendo la extradicion de Nemesio Aguilar Panchon, por el delito de sustraccion de 40.000 pesos oro pertenecientes ú la compañía e Singer » radicada enla ciudad de Santander.

Y considerando : Que de las diligencias verificadas á foja 9 y reraudos de fojas 12 4 16 vuelta, resultan llenados los requisitos exigidos por los artículos 651 y 654 del Código de Procedimientos en lo criminal ; y atentolas estipulaciones del tratado de 7 de Mayo de 1881, se declara procedente la extradicion solicitada, y pase este expediente original al Ministerio de Relaciones Exteriores, dejando constancia una vez consultada ó ejecutoriada la presente, Notifíquese con el original, regístrese y líbrense los oficios del cuso.

Mariano S. «e Aurrecoechea.

VISTA DEL SEÑOR PROCUNADOR GENERAL Buenos Aires, Abril 20 de 1898.

Suprema Corte :

El artículo 648 del Código de Procedimientos en lo Criminal prescribe: « Que habiendo tratados, la extradicion será pedida ú otorgada en la forma y con los requisitus que aquellos prescriban », El de extradicion con España calebrado en 1881, está vigente

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Año: 1898, CSJN Fallos: 74:136 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-74/pagina-136

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