DE JUSTICIA NACIONAL 309 esos billetes, tanto los de 50 pesos como los de veinte, de acuerdo con la clasificacion de foja 57, pertenecen á ese procesado.
En la declaracion de foja 17, que ha ratificado, expresa que fué al campe en busca de trabajo y confivsa que los billetes exhibidos son los que en parte le fueron secuestrados, explicando la existencie en su poder por haberlos encontrado á inme- diaciones de la plaza Constitucion, en circunstancias que iba á tomar el tren.
Esa explicacion es inverosímil y destruida con la prueba de autos, es difícil conciliar la n»cesidad del trabajo con una can— tidad considerable de billetes de curso legal y otra de billetes falsos, circunstancias que denuncian á las claras el plan de convertir los falsos por los de circulacion legal.
El otro procesado, Eduardo Cárlos Gamerro, á foja 8, ha negado en absoluto los hechos que han dado lugar á este sumario, con excepcion de haber viajado en compañía de Antonio Fiorio, secuestrándosele las piezas descritas á foja 59.
Esta es la situacion de los procesados, .
Con la simple lectura de primera intencion le estos antecedentes, se forma el convencimiento que el viaje al campo no tenía por objeto trabajar en la recoleccion del maíz, ese era un pretexto para atenuar el efecto de la presencia de esos individuos en tantos puntos, los que dejaban de un día para otro, despues de corta permanencia, sinó sorprender con los cambios delos billetes falsos á las personas con quienes tuvieran ocasion de encontrarse en las diversas localidades que paraban, tan es así que en cada una de éstas fué entregado á la policía, un billete falso.
El hecho del pago con esos billetes, lo acredita José María Albaca, á foja 1 ; Antonio Picazzano, á foja 2; Pedro Faoro, ú foja 3 vuelta; Cayetano Crema, á foja 4 vuelta; Francisco Vassia, ú foju 6 ; Vicente Venedetto, ú foja 7; Antonio Diaz, á foja 10.
Estas personas, unas como damnificadas y otras como testi—
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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:309
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