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Fallos: 72:37 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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alegatos sobre el mérito de la producida, se ba dictado la sentencia de foja ciento veinte y seis, por la que se condena á Sturla á pagar al Banco demandante la diferencia entre el precio estipulado del oro en los contratos de fojas tres y cuatro y el que tenía segun la cotizacion de la Bolsa, en los dias treinta y uno de Mayo y treinta de Junio de mil ochocientos noventa y cuatro, con costas.

Que considerándose agraviado con esta sentencia el demandado lo mismo que el actor, por no haberse condenado á aquél al pago delos intereses que éste solicitó en la demanda, ambos apelaron de ella para ante esta Suprema Corte.

Y considerando: Que los contratos de compra-venta de oro sellado de fojas tres y cuatro son contratos de carácter mercantil, segun el artículo cuatrocientos cincuenta y uno del Código deComercio, y se reglan, con tal motivo, por las disposiciones de este Código.

Que en consecuencia, y dado el hecho comprobado en autos de no haber el demandado Sturla entregado en el plazo estipulado en dichos contratos la cantidad de pesos oro que vendió al Banco Británico de la América del Sud, es indudable que éste ha podido, en su calidad de comprador, solicitar, como lo ha hecho en la demanda de foja ocho, la rescision de esos contratos con los daños y perjuicios procedentes de la demora, siendo como es éste uno de los derechos que explícitamente acuerda al comprador para el caso de que se trata el artículo cuatrocientos sesenta y siete del citado Código.

Que á la legitimidad del ejercicio de este derecho no ha podido oponer Sturla, con resultado favorable, la concesion judicial de moratorias que le hicieron sus acreedores, porque aun cuando sea cierto el hecho de esa concesion tal como lo refiere el demandado, no es menos exucto tambien que la moratoria no ha podido invocarse para otros efectos que los muy limitados que le atribuye el artículo mi! quinientes noventa y nueve del Có

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Año: 1898, CSJN Fallos: 72:37 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-72/pagina-37

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