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Fallos: 72:353 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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CAUSA LXX VII
El Fiseo Nacional contra el Ferrocarril Central Argentino, por defraudación de rentas ; sobre personería Sumario. — La ley número 3367, que manda que el fisco sea representado en todo asunto en que demande 6 sea demandado, por los funcionarios que determina, no se refiere á los asuntos pendientes, En estos puede el fisco ser representado por los fiscales ad-hoc nombrados para seguirlos.

Caso. — Lo explican las siguiantes piezas :

ACTA
En 25 de Agosto del año 1896, comparecieron ante $. S. las partes en este juicio, representadas, la actora por el señor fiscal doctor don Federico Molina, y la demandada por el procurador señor Cecilio Mallet y su abogado el doctor don Pedro N.

Arias, Abierta la audiencia ó los efectos decretados á foja... la parte del ferrocarril expresó:

Que su parte había comparecido á esta audiencia en el supuesto de que concurriese á ella en representacion del fisco el procurador fiscal titular, en virtud de lo establecido por la ley número 3367 de 8 de julio último, con arreglo á la cual habían caducado los pateres que el fiscal ad-hoc doctor Molina había venido actuando en este juicio ; T. LXXU 23

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Año: 1898, CSJN Fallos: 72:353 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-72/pagina-353

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