Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 14 de 1898, No viniendo la presente solicitud por ninguno de los recursos autorizados por la ley y aducióndose peticiones generales y no concretas ó especiales para el caso, no ha lugar,
BENJAMIN PAZ, — LUIS V. VARELA. — ABEL
BAZAN, — OCTAVIO BUNGE. —J. E.
TORRENT,
CAUSA LXX
Don Tomás Duggan contra el Banco de la provincia de Nuenos Atres, por consignación ; sobre apelación Sumario, — No es apelable el auto confiriendo traslado con calidad de autos, de un recurso de revocatoria.
Caso. — Hecha la consignacion de una suma de dinero y títulos por don Tomás Dazgan, el juez la mandó hacer saber al reT. LXXIE 20
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Año: 1898, CSJN Fallos: 72:305
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