Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 72:305 de la CSJN Argentina - Año: 1898

Anterior ... | Siguiente ...

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 14 de 1898, No viniendo la presente solicitud por ninguno de los recursos autorizados por la ley y aducióndose peticiones generales y no concretas ó especiales para el caso, no ha lugar,
BENJAMIN PAZ, — LUIS V. VARELA. — ABEL

BAZAN, — OCTAVIO BUNGE. —J. E.
TORRENT,


CAUSA LXX
Don Tomás Duggan contra el Banco de la provincia de Nuenos Atres, por consignación ; sobre apelación Sumario, — No es apelable el auto confiriendo traslado con calidad de autos, de un recurso de revocatoria.

Caso. — Hecha la consignacion de una suma de dinero y títulos por don Tomás Dazgan, el juez la mandó hacer saber al reT. LXXIE 20

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

57

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1898, CSJN Fallos: 72:305 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-72/pagina-305

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 72 en el número: 305 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos