304 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Reclamé de este nombramiento, haciendo notar que ya el juzgado en casos análogos y prévio informe del señor secretario había nombrado al conjuez que seguía por órden de turno, en razon de no residir en La Plata el señor Carranza.
Pero el señor juez doctor Aurrecoechea en vez de recabar informe del señor secretario por quien habría podido convencerse de la verdad de mi afirmacion, dictó al pié del escrito en que reclamaba, la siguiente providencia: Ocurra donde corresponda, es decir que venga yo á la Suprema Corte á molestar á V. E, con el objeto de pedir un juez para mi asunto ! Se me ocurre que á quien corresponde informar á V. E, de los impedimentos de 'os designados por V. E, para desempeñar el cargo de conjueces es al señor juez federal y no á las partes, Tratúndo:e de un juicio ejecutivo, como es el que he iniciudo contra don José Acevedo, en el cual he solicitado inhibicion general de bienes, de acuerdo con lo dispuesto enla ley número 3037, sobre liquidacion del Banco Nacional, resalta más aún la extraña é injusta providencia del juez Aurrecoechea, Vengo, pues, obligado por esa providencia, á pedir á V. E.
que se sirva elimirar de la lista de conjueces de la provincia de Buenos Aires al doctor Emilio Carranza, rogando al propio tiempo V. E, haga saber al juez Aurrecoechea que cuando algun conjuez esté impedido de serlo como el doctor Carranza, dé cuenta inmediatamente úá V. E., como es de su deber, ú fin de que los litizantes, además del tiempo que tienen que distraer en los pleitos, no sufran además demoras en buscar jueces para sus asuntos, como me sucede ámí en este caso, sea por mala voluntad del señor juez Aurrecoechea, ó por error debido al cúmulo de despacho que pesa sobre ese juzgado.
Dígnese V. E. proveer de conformidad, Será justicia, Emilio Castro (hijo).— A. Richierí,
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Año: 1898, CSJN Fallos: 72:304
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