3 Que el hecho de haber creído el doctor César que no era apoderado, por error de hecho, no ¡e da derecho para postergar ó prolongar ese término ; 4" Que no ha hecho ni admitídosele solicitud alguna con calidad de sin que se corra término, sinó que se ha tratado de un simple error que no puede perjudicar á la contraria cuando él debió conocer las condiciones del mandato dado al señor Dutary art. 929, Cód. Civ.).
Por estas y otras consideraciones que se omiten, resuelvo :
no hacer lugar á la excepcion opuesta por haberse vencido el término para ello.
En cuanto á los honorarios, á su tiempo.
A la notificacion al doctor Vocos, lo pedido en el último otrosí; librándose exhorto con el término de ocho días para el comparendo; debiendo, en consecuencia, llevarse la ejecucion adelante, con eostas, Hágase saber, transcríbase y repónganse los sellos.
C. Moyano Gacitúa.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Marzo 29 de 1895.
Vistos y considerando: Que la manifestacion hecha á foja sesenta y dos por el apoderado de la parte ejecutada, no puede suspender los efectos de la providencia de foja sesenta y una vuelta, que le citó de remate, desde que en su mérito no ha debido declararse revocado el poder con que actuaba en la causa.
Por ésto y por sus fundamentos, se confirma, con costas, la sentencia apelada de foja setenta y seis, no haciéndose lugar al
Compartir
69Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1898, CSJN Fallos: 72:246
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-72/pagina-246¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 72 en el número: 246 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
