VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Enero 6 de 898.
Suprema Uorte :
La ley de 3 de Setiembre de 1878 excluyó de la competencia de los jueces de seccion las causas de jurisdiccion concurrente en las que el valor del objeto demandado no exceda de 500 pesos fuertes, Una ley posterior pre Sabiniano Kier Fallo de la Suprema Corte " Buenos Aires, Marzo 20 de 1898, Vistos : De acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador general y por sus fundamentos, se confirma con costas
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Año: 1898, CSJN Fallos: 72:243
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-72/pagina-243
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