DE JUSFICIA NACIONAL 15 Fallo de la Suprema Corte A = Buenos Aires, Febrero 3 de 1898 á y Vistos y considerando : Que segun resulta de autos, el juez E de la seccion de Buenos Aires ha prevenido en el conocimiento 4 de la causa, y Por ésto, de acuerdo con lo dispuesto en ios artícul,s tercero, inciso segundo, de lu ley de jurisdicción, y ciento once, N inciso doce, de la ley orgánica de los tribunales de la Capital, h con la jurisprudencia de esta Suprema Corte, y de conformidad :
con lo pedido por el señor Procurador general, se confirma el auto apelado de foja siete. Devuélvanse.
LUIS Y. VARELA. — ABEL BAZAN. | — OCTAVIO BUNGE, j
CAUSA IV ;
Criminal contra Pedro Pereyra ó Manuel Guimil, por y circulacion de un billete falso de curso legal :
Sumario. — Debe absolverse de culpa y cargo al que ha cir= culudo un billete de curso legal falso, si no resulta que haya —— tenido conocimiento de la falsedad.
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Año: 1898, CSJN Fallos: 72:15
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-72/pagina-15
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