Habeas corpus. — El juez de comercio es autoridad competente para ordenar el arresto del fallido, y contra esa órden no procede el recurso de habeas corpus. Página 312.
Habeas corpus. — No procede este recurso contrala vigilancia puesta por la policía, si resulta que ha sido ordenada por negarse el recurrente Á declarar en un sumario de prevencion. Página 365.
Habeas corpus. — No procede este recurso contra la delencion ordenada por juez competente. Página 427.
Homicidio. — El homicidio en riña con una circunstancia atenuante, es castigado con cuatro años de presidio, Página 220, Honerarios, — Véase : Apelable.
1 Ta dulto. — El indulto de la pena, concedido por el Presidente de la República al condenado en juicio criminal, no exime 4 éste de las costas procesalesdeclaradas de su cargo en dicho juicio. Página 40.
Interdicto. — No procede el de retener, sin la prueba de la posesion por parte del demandante. Página 89.
Interdicto. — No procede el de recobrar, sin la prueba de la posesion por parte del demandante. Página 93.
Mneerdicto. — No debe admilirse el de obra nueva, si no se ha negado por el demandante que había convenido con el demandado que hiciera los trabajos de edificacion, mientras el perito nombrado por ambos para resolver decidiese sobre los derechos y deberes relacionados con la medianería de la pared de propiedad delactor. Página 327.
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Año: 1897, CSJN Fallos: 71:472
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