Reincidenciu. — La ley número 3335 que priva á los reincidentes del beneficio del artículo 49 del Códige Penal, no comprende las causas cuyo conocimiento corresponde úlos jueces federales, Página 372.
Reintegracion. — Si el terreno perdido por el demandante, resulta que no hace parte del que se le entregó con la calidad de serle reintegrado en caso de pérdida, no es admisible su demanda de reintegracion. Página 396.
Reivindicacion. — Véase: Cosa juzgada.
s Sobreseimiento. — Cuando el ministerio fiscal ha pedido el provisional, y el defensor del acusado el definitivo, el juez debe resolver sobre esos pedidos y no proceder á dictar sentencia definitiva. Página 217.
Sobreseimiento. — No debe dictarse éste, pudiendo adelantarse el su— mario. Página 377.
Suprema Corte. — Véase : Recurso.
Susiraccion. — Véase : Competencia.
T Tasacion. — No es apelable en el procedimiento ejecutivo, el auto aprobatorio de la tasacion. Página 245, Tentativa. — La de falsificacion de billetes de banco debe ser castigada con tres años de trabajos forzados y multa de un mil doscientos pesos (artículos 93 y 62, ley nacional penal; artículo 12, inciso 2", Código Penal). Página 316.
Tercería. — Probado el dominio debe admitirse la tercería fundada en él. Página 260.
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Año: 1897, CSJN Fallos: 71:476
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