CAUSA CDXV
Don Santiago Asta Terrere contra la Municipalidad de La Plata, sobre posiciones Sumario. — El Intendente dela municipalidad puede ser obligado á absolver posiciones sobre hechos en que haya intervenido é de que deba tener conocimiento en el carácter de tal, Caso. — Lo explica el Fallo del Juez Yederal La Plata, Noviembre 6 de 1896, Autos y vistos : Estando resuelto por la Suprema Corte de justicia, en el caso de José Gibaldi, con el Ferrocarril del Oeste, que tramita por la secretaría actuaria, que la prueba debe ofrecerse y producirse dentro del término de prueba, vencido el cual no procede la citacion de los testigos que voluntariamen te no hubiesen concurrido los dins señalados al efecto, Que esa resolucion es aplicable al caso, pues esa citacion se expide en 2 de Octubre, cuando, segun consta de autos, el término de prueba venció el 23 de Setiembre, sin que esto haya sido contradicho; por esto, no ha lugar á la citacion de testigos que sa solicita por la parte de Terrero,
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Año: 1897, CSJN Fallos: 71:394
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-71/pagina-394
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