administracion al establecer la pena divisible de trabajos forzados por dos á seis meses.
Por esto, y de acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador general y fundamentos concordantes de la sentencia apelada de foja cincuenta y dos, se confirma ésta en cuanto declara la responsabilidad criminal del procesado y en cuanto le condena en costas, y se reduce la condena á cuatro meses de trabajosforzados, de la que se descontará el tiempo de prision sufrida á razon de dos días de ésta por uno de trabajos forzados, de conformidad con la doctrina que surje del artículo noventa y dosde la citada ley y con la jurisprudencia de esta Suprema Corte, quedando en estos términos modificada la mencionada sentencia. Devuélvanse.
BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN,
—OCTAVIO BUNGE.—JUAN E, 
TORRENT,
CAUSA CUCLILI
Contra don Pedro Christophersen, agente del vapor aleman « Heimburg », por infraccion d las ordenanzas de aduana ; sobre pruebas y apelacion denegada. 
Sumario. — 1 Los autos denegatorius de diligencias de prueba son apelables.
2? Las causas sobre infraccion á las Ordenanzas de aduana pue
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Año: 1897, CSJN Fallos: 70:443 
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