T. Villanueva, por cobro de la suma de 112.400 pesos moneda nacional, prosedente de una obligacion hipotecaria sobre un campo de propiedad de este último, adjuntando la correspondiente escritura, como base de su demanda.
El juicio siguió sus trámites, citándose de remate al deudor por auto de fecha 3 de Julio, notificado á Villanueva, por cédula, en 7 del mismo mes.
En 13 de Julio, la parteactora pidió y obtuvo sentencia de trance y remate, pues no se habían opuesto excepciones dentra del término de ley, dictándose aquella en 45 del mismo y notificindose el 47, Con fecha 23 del mismo mes, el apoderado del actor presentó escrito, exponiendo: que habiendo sido consentida la sentencia de trance y remate, correspondía se procediera al justiprecio del bien embargado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 285 de la ley nacional de procedimientos, proponiendoal efecto, por su parte, un perito, y pidiendo se intimara al ejecutado proponga otro por la suya, dentro de 3 días, bajo apercibimiento; proveyéndose en todo de conformidad, En este estado, Villanueva se presenta pidiendo la nulidad de lo actuado, fundándose para ello, en que las notificaciones no han sido hechas con arreglo á lo prescrito en el artículo 63 de la citada ley de procedimientos nacionales.
Evacuado el traslado que de la nulidad se corrió, se pasaron los autos en vista al señor Procurador fiscal, con cuyo dictámen se dictó la providencia de fecha 14 de Setiembre próximo pasasado, cuyo tenor es como sigue :
« Y vistos : de acuerdo con las consideraciones en el escrito de foja 34, por la parte de Daurée, que este juzgado conceptúa arregladas ú derecho; y de conformidad con loexpuesto y pedido por el Procurador fiscal, en su vista de foja 49, no se hace lugar á la nulidad solicitada, debiendo en su mérito seguir el juicio segun su estado. Repóngase el sello. — P, Olaechea y Alcorta. »
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Año: 1897, CSJN Fallos: 70:437
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