Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 70:435 de la CSJN Argentina - Año: 1897

Anterior ... | Siguiente ...


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Setiembre 8 de 1897.

Suprema Corte :

El bien fundado alegato del Procurador fiscal, corriente á foja 77 vuelta, y los considerandos bien ajustados á las constancias de autos y é las prescripciones legales sobre extradicion, que fundan la sentencia corriente 4 foja 95, defienden sus conclusiones de manera tal, que náda fundamental permiten producir al respecto.

Limitándome por ello á invocarlas, á fin de evitar repeticiones, pido á V. E. sesirva confirmar la sentencia recurrida, Sabiniano Kier.

Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Noviembre 6 de 1897, Vistos: De acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador general y por sus fundamentos, se confirma la senten— cia recurrida de foja noventa y cinco, declarándose, de conformidad álo dispuesto por el artículo seiscientos sesenta y siete del Código de Procedimientos en lo criminal, que la extradicion se ha de conceder con la precisa condicion de quelos tribunales del país requirente impondrán, en caso de condena, la pena con quela ley dela República Argentina castiga el delito,

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

68

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1897, CSJN Fallos: 70:435 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-70/pagina-435

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 70 en el número: 435 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos