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Fallos: 70:225 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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la seccion de Buenos Aires no ha creído deber pronunciarse al respecto, no obstante haber sido requerido, segun aparece ¿foja 3.

Sabimano Kier.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 14 de 1897, Autos y vistos : Considerando : Que segun resultade los antecedontes traidos, las acciones que se tramitan ante el juez Federal dela provincia de Buenos Aires, se han deducido contra la Municipalidad de la Capital de esa provincia constando además que el juicio que sigue don Tuper P, Dupuy, consiste en pedir ejecucion de un lando pronunciado en causa de que antes del sometimiento, conocfaesta Suprema Corte por apelacion del juez de seccion.

Que sobre dicho juicio la jurisdiocion del juez federal de La Plata estuvo radicada y bien determinado el carácter legal con que las partes intervenían en el juicio.

Que el decreto del Poder Ejecutivo de la provincia, de fecha catorce de Diciembre próximo pasado, no ha podido desnaturalizar, al considerar en acefalía la municipalidad, el asunto de que se trata, alterando las reglas jurisdiccionales que lo rigen, y que por afectar intereses comunales puramente fundaron la jurisdiccion del juez de seccion.

Que aunque en el citado decreto se dice que el Poder Ejecutivo asume la administracion municipal, no puede concluirse que esa administracion se ejerza por aquél como funcion propia, sinó que, como lo dice el mismo decreto, su ejercicio se ha de hacer por un comisionado de nombramiento provisorio, encargado de Te LXX 15

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Año: 1897, CSJN Fallos: 70:225 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-70/pagina-225

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