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Fallos: 70:209 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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Fallo del Juez Federa! Buenos Aires, Febrero 25 de 1897.

Autos y vistos: por los fundamentos de la resolucion de aduana de foja 39 y los concordantes de la vista fiscal de foja 58, se confirma, coñ costas, la referida resolucion de foja 39, Repónganse los sellos.

P. Oluechea y Alcorta,
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos dires, Junio 19 de 1897.

Suprema Corte :

La sentencia de foja 69 confirma, por sus fundamentos y los concordantes de la vista fiscal de foja 58, la resolucion de aduana de foja 39.

Esta resolucion declara confesadas en el expediente citado, algunas de las infracciones denunciadas á foja 4. No encuentro esa confesion en lo actuado, El acta de foja 16 del folleto titulado Sumario por defraudaciones en los depósitos, que encabeza ese expediente, se refiere 4 otras infracciones, rechaza categóricamente toda culpabilidad á su respecto, y sólo acepta el pago en obsequio del buen nombra de la casa, y conel propósito de hacer cesar ipso /ucto, el rigorismo legal de que es objeto.

Las infracciones que motivan el expediente corriente proceden, segun la denuncia de foja 1", de actos fraudulentos en el despacho de mercaderías, en virtud de la sustitucion para Te LXX 14

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Año: 1897, CSJN Fallos: 70:209 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-70/pagina-209

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