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Fallos: 69:85 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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Reconozco que la ley es severa é injusta cuando, como en el caso sub-judice, no autoriza á dividir la pena, tomando en consideracion el menor mal causado, Ante su texto no puedo dejar de solicitar de Y. E. la confirmacion de la sentencia recurrida de foja 38, que considero ajustada á los términos prescriptos de aquella.

Sabiniano Kter.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 7 de 1897, Vistos : De acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador general y fundamentos concordantes de la sentencia apelada de foja treinta y ocho, se confirma ésta, con costas; devuélvanse.


LUIS V. VARELA. —ABEL BAZAN.,
— OCTAVIO BUNGE. — JUAN

E. TORRENT,

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Año: 1897, CSJN Fallos: 69:85 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-69/pagina-85

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