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Fallos: 69:475 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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fuero federal con relacion á los cesionarios y 4 los cedentes respecto del demandado. Página 103.

Justicia federal. — El ser cónsul extranjero uno de los miembros de la razon social que interviene en el juicio, no obliga á deferir el asunto 4 la justicia federal. Página 887.

Justicia federal. — Corresponde á ella, la accion civil por daños á consecuencia de la muerle de un hijo atribuida 4 culpa 6 negligencia de los empleados de un buque en el acto de realizar una operacion de carga. Página 404, Justicia federal. — En materia de derechos de aduana, sólo proceden recursos Á la justicia federal, cuando existe resolucion condenatoria de la aduana, Página 434, Justicia federal. — La indemnizacion pedida por muerte atribuida 4 culpa ó negligencia de los empleados de un buque en el acto de realizar una operacion de carga, corresponde á los tribunales federales. Página 448.

L Laudo. — Véase: Multa.

M Malversacion. — La aplicacion á usos propios y ajenos de caudales públicos puestos á su cargo, que han sido reintegrados, cae bajo la disposicion del artículo 83 de la ley nacional penal de 14 de Setiembre de 1863. Página 233.

Marca de fábrica. — El demandado en cuyo poder se encuentran productos falsificados con marca ajena, y elementos que sirven para la falsificacion, incurre en el delito previsto y penado por el artículo 27 de la ley sobre marcas de fábrica y de comercio. Página 301.

Ministerio público. — Si al oponerse la excepcion de causa ilícita de la obligacion, se alega la comision de un delito, cuya existencia daría nacimiento 4 la accion pública, deben pasarse los testimonios necesarios al procurador fiscal para que proceda conforme á derecho. Página 107.

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Año: 1897, CSJN Fallos: 69:475 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-69/pagina-475

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