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Fallos: 69:373 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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la víctima, era penetrante, hecha con instrumento cortante y punzante, con salida de casi todos los intestinos y estando éstos perforados en tres partes distintas y siendo su estado sumamentegrave, que falleció en ese momento, Que á foja 8se vonsigua la partida de defuncion de José Gonzalez ó Burgos.

Que á foja 12 comparece á la presencia judicial el detenido Abraham Heredia, el que contesta al interrogatorio á que se le sometió, que antes del hecho no estuvo enemistado con Gonzalez; que éste sucedió de este modo :

Mientras el declarante pescaba en el río, en el paraje conocido por Bajada de Santa Cruz, vió al referido Gonzalez que trataba de echar alríoá un viejo manco cuyo nombre ignora ; que le preguntó el motivo de ese proceder, á lo que respoadió Genzalez que lo haría tambien con el declarante, y acto continuo lo atacó con golpes de cuchillo en la cabeza, consiguiendo evitarlos, porque puso el brazo ; que á pesar de esto, le cortó un poco el puño dela mano derecha ; que repitió sus tiros hácia el vientre, y entónces sacó el declarante su cuchillo y le tiró una puñalada, mas sin intencion de herirlo, dando en el blanco porque el que declara estaba un poco ébrio; que no vió á nadie que haya presenciado el hecho, ni que nadie le haya perseguido ; que despues se retiró yendo á parar 4 Arroyo Seco; que no dió cuenta de lo que hizo úla autoridad, porque estaba ébrio, lo mismo que Cronzalez ; que todo lo que declara sucedió en las primeras horas de la noche ; que el viejo manco á que se refirió más arriba, es Juan Durán; que todo lo que menciona tuvo lugar ú cuatro ó cinco metros dela orilla del agua, abajo de la barranca, estando crecido el río, Que á foja 21 corre la ratificacion hecha por el testigo Juan Durán de sudeclaracion de foja 2,agregando que quien tiene conocimiento del hecho es un amigo suyo á quien llaman Pico negro.

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Año: 1897, CSJN Fallos: 69:373 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-69/pagina-373

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