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Fallos: 69:295 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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Por esto, 3e revoca al auto apelado de foja trescientas cincuenta y seis, declarándose que el juez de seccion debe continuar en el conocimiento de la causa.

Repuestos los sellos, devuélvanse.


LUIS Y, VARELA. — OCTAVIO BUNGE.
— MARIANO CASTELLANOS.


CAUSA COX XXVIII
Recagno hermanos, en recurso contra una resolucion de aduana ; sobre liquidacion de derechos Sumario.— Cuando las mercaderías introducidas han sufrido averías, y éstas han sido manifestadas, la liquidacion de derechos debe hacerse sobre el resultado efectivo de ellas, Caso. — Resulta de las siguientes piezas :

VISTA FISCAL
Señor Juez Federal :

El Fiscal Nacional en el expediente traído en apelacion por los señores Recagno hermanos sobre declaracion de avería de

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Año: 1897, CSJN Fallos: 69:295 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-69/pagina-295

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